✓ Actualizado marzo 2026 · Revisado por abogado penalista
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ToggleLa orden de alejamiento puede imponerse incluso en delitos leves —como las vejaciones injustas, el maltrato de obra sin lesión o el acoso sin intimidación— y tiene consecuencias muy serias para quien la incumple. Por eso es importante conocer exactamente qué implica, cuánto dura y cómo actuar si la recibes o si quieres solicitarla.
¿Qué es una orden de alejamiento?
La orden de alejamiento es una prohibición de aproximación impuesta por el juez que impide al afectado acercarse a determinadas personas o lugares a menos de la distancia fijada en la resolución. Está regulada en el artículo 57 del Código Penal y puede concretarse en:
- ✓Prohibición de acercarse a la víctima a menos de X metros
- ✓Prohibición de acudir al domicilio o lugar de trabajo de la víctima
- ✓Prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio (teléfono, mensajes, redes sociales…)
Base legal: artículo 57 del Código Penal (pena accesoria de prohibición de aproximación y comunicación). En violencia de género es de imposición obligatoria conforme al artículo 57.2 CP. Para delitos leves, es potestativa del juez.
Duración de la orden según el tipo de procedimiento
| Fase | Duración | Quién la acuerda |
|---|---|---|
| Medida cautelar (proceso en curso) | Hasta la sentencia o auto de sobreseimiento | Juez de Instrucción |
| Pena en sentencia — Delito leve | Hasta 1 año | Juez de Instrucción o Juzgado de lo Penal |
| Pena en sentencia — Delito menos grave o grave | 1 a 5 años (o más en violencia de género) | Juzgado de lo Penal / Audiencia Provincial |
| Violencia de género (art. 57.2 CP) | Mínimo igual que pena principal + hasta 10 años según gravedad | Juzgado de Violencia sobre la Mujer |
Consecuencias del incumplimiento
Incumplir una orden de alejamiento —incluso con el consentimiento de la víctima— es un delito autónomo de quebrantamiento de condena, tipificado en el artículo 468 del Código Penal:
- !Pena de prisión de 6 meses a 1 año con carácter general
- !Pena de 1 a 2 años cuando la víctima es la esposa o mujer que convive o ha convivido con el penado
- !Puede comportar la revocación de beneficios penitenciarios y la imposición de medidas cautelares más restrictivas
Cuidado: que la víctima consienta el contacto o sea ella quien llame no exime al afectado de responsabilidad penal por quebrantamiento. La orden judicial protege un bien jurídico que está fuera de la disponibilidad de ambas partes.
¿Qué hacer si recibes una orden de alejamiento?
-
1
Lee la resolución con atención: identifica la distancia exacta, las personas y lugares afectados, y la duración de la orden. -
2
Consulta con un abogado: valora si la medida es proporcional y si procede recurrir. En delitos leves, si se impone como medida cautelar, puede solicitarse su modificación o alzamiento. -
3
Cúmplela escrupulosamente mientras esté vigente, aunque creas que es injusta o aunque la víctima te solicite contacto. -
4
Recurre si procede: la orden cautelar puede impugnarse mediante recurso de reforma o apelación ante el mismo juzgado o la Audiencia Provincial.
¿Has recibido una orden de alejamiento?
Consulta con un penalista antes de actuar. El incumplimiento puede agravar significativamente tu situación.
Preguntas frecuentes
Especialista en Derecho Penal con experiencia en procedimientos de violencia de género, acoso y delitos contra las personas. Ha tramitado numerosos expedientes de órdenes de protección y alejamiento.
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